También podría haber arresto por 36 horas si se infringe el Reglamento de Protección y Bienestar Canino y Felino
Una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Ayuntamiento de Hermosillo podrá sancionar con multas desde 100 a más de 15 mil pesos y hasta con arresto por 36 horas a los dueños de mascotas que sean sorprendidos en flagrancia violando el Reglamento de Protección y Bienestar Canino y Felino.
David Palafox Celaya, director del Instituto Municipal de Bienestar y Protección Animal (Imbpa) anunció que en enero se aprobó en Cabildo una reforma al citado reglamento que se publicó el 2 de febrero en el Boletín Oficial y entró en vigor el pasado 2 de marzo de 2023.
“Vamos a aplicar con mucha fuerza y mucha firmeza el reglamento para que el ciudadano que sea responsable de una mascota lo haga correctamente, para que no afecte ni a él, ni a la mascota ni a sus vecinos”, declaró el funcionario municipal.
El artículo 60 del reglamento enumera como sanciones el apercibimiento; amonestación por escrito; multa de 1 a 150 Unidad de Medida y Actualización (UMAS) vigente —equivalente a un monto que va de 103 pesos a más de 15 mil pesos— y en su caso arresto administrativo hasta por 36 horas, así como el aseguramiento del animal, entre otras.
La amonestación por escrito se podrá aplicar a los infractores primarios y servirá de apoyo para incrementar al doble la sanción económica en caso de reincidencia.
“No es un tema de recaudación, es un tema de multas para sensibilizar para tener un mejor hermosillo. No vamos a multar para lastimar el bolsillo de la ciudadanía, pero sí para que entiendan que sus conductas deben ser de acuerdo a un reglamento y que la trascendencia en el comportamiento del dueño junto con su mascota va ayudar a tener un mejor Hermosillo”, subrayó el director del Instituto.
En aras de la paz
Consideró que la ciudad tiene muchos problemas de orden vecinal y todo porque hay uno o dos o diez vecinos que no son responsables de sus mascotas y los otros 100 ó 200 vecinos están sufriendo las consecuencias de ello.
“Esto también es un llamado a la ciudadanía para que sepan y se comporten correctamente con sus mascotas y para que los vecinos que sufren las molestias puedan reportar al Instituto a quienes no respeten el reglamento”, argumentó.
Recordó que los inspectores del Instituto forman parte de la Patrulla Verde, así como la Unidad Especializada en Protección Animal van a fungir como inspectores y van a hacer ese trabajo.
Activistas de acuerdo
Sharon Dennis, presidenta de la agrupación Misión Cuatro Patas, asociación que se dedica a promover las adopciones de mascotas, consideró que las sanciones establecidas en el reglamento es un buen camino para crear conciencia entre los ciudadanos de la importancia de cuidar bien a los animales.
“Todo lo que sea que nos ayude a culturizar el tema de la denuncia del maltrato animal pues lo vamos a aplaudir ¿Por qué? Porque sabemos todos que las personas acatamos las reglas porque hay sanciones. El hecho de que existan sanciones más duras, que existan penas más grandes, hará que las personas sean un poco más conscientes”, consideró.
Argumentó que si las personas no son conscientes de la forma honesta como deberían de serlo, porque por amor a esto lo hacemos como buenos ciudadanos, también existen personas que se tienen que formar como buenos ciudadanos porque vivimos en una sociedad, conviviendo unos con otros.
Sin embargo, —señaló— todavía hay que trabajar en otros temas como hacer todavía más énfasis en la cultura de la denuncia, que la gente sepa que puede hacer denuncias de maltrato animal. “Me gusta y creo que vamos por buen camino”, apuntó.
La activista detalló que en su experiencia, la mayoría de los reportes ciudadanos es por maltrato animal de los propios dueños y por la omisión de los cuidados de las mascotas que van desde perros que están arriba del techo, perros que están amarrados, perros que no tienen atención veterinaria cuando es evidente un tema de alguna enfermedad o algún tipo de daño físico.
¿Cuáles son las sanciones?
El artículo 61 establece que las multas por infracciones a las disposiciones del Reglamento, se aplicarán conforme a lo siguiente:
- Multa desde 103.74 hasta 5,187 pesos en caso de:
- No registrar a la mascota ante el Imbpa
- No colocar placa de identificación
- No señalar presencia de perros bravos
- No usar collar o pechera para pasear a la mascota
- No usar bozal en vía pública
- Usar jaulas sin ventilación o sin amplitud necesaria
- No recoger las heces fecales de la mascota fuera de su domicilio
- Llevar a mascotas a manifestaciones sin precauciones
- Hacinar mascotas en espacios pequeños
Multa desde 5,290.74 hasta 10,374 pesos en caso de:
- No dar atención veterinaria o trato digno
- No alimentar, vacunar o desparasitar
- Descuidar mantenimiento y alojamiento de las mascotas
- No dar cuidados conforme a la raza o especie
- No mantener a las mascotas dentro del domicilio o propiedad
- No presentar cartilla de vacunación cuando sea solicitada
- Entorpecer labores de captura o inspección
- No presentar documentación de cuidados
- Celebrar o participar en concursos caninos sin permisos
- No tener malla de protección en el barandal
- Afectar a los vecinos por la tenencia de mascotas
- No tener registro de perro potencialmente agresor
- Poseer mascotas en edificios con pasillos, escaleras o elevadores comunes
- Mantener perros o gatos permanentemente amarrados o encadenados
Multa desde 10,477.74 hasta 15,561 pesos en caso de:
- Incitar al ataque a perros o gatos
- Peleas de perros o gatos
- Cualquier acto de crueldad contra perros o gatos
- Abandonar mascotas en techos, azoteas o balcones
- Abandonar mascotas en lotes baldíos o en la vía pública
- Agresión de perro o gato en vía pública
- Incumplir este reglamento
- Otras contempladas en la ley
¿Y si no cumplen?
El artículo 63 señala que los particulares que incumplan con los principios y obligaciones establecidos en el Reglamento, estarán impedidos de recuperar a un animal hasta que, a juicio de la Dirección, hayan desaparecido en su totalidad las causas por las cuales hayan sido sancionados.
Y en caso de reincidencia se aplicará hasta el doble de la sanción con la posibilidad de que el animal canino o felino quede a disposición de la Dirección (artículo 65).
Por último, si el infractor no paga la multa impuesta dentro de los quince días posteriores a su notificación, se considerará como crédito fiscal para efecto de su recaudación, o sea se le cobrará en el algún trámite municipal posterior.
Fuente: El Sol de Hermosillo.